Cuando muere un hermano, lo primero que uno piensa no suele ser en lo que deja atrás. Pero, pasado el duelo, surge una duda habitual: ¿puedo heredar lo que era suyo?
La respuesta depende de varios factores, y no siempre es tan sencilla como se cree. Porque una cosa es repartir una herencia entre hermanos tras el fallecimiento de un padre, y otra muy distinta es que un hermano te nombre heredero a ti. O que, sin testamento, no quede nadie más cercano.
En este artículo, vamos a poner orden. Si has perdido a un hermano y no sabes si puedes heredar lo suyo, aquí te damos todas las claves. Paso a paso, sin lenguaje complicado, y con los puntos importantes bien marcados.
¿Puede un hermano dejarle su herencia a otro?
Sí, puede hacerlo. Pero hay condiciones.
Primero, si hay testamento, todo depende de lo que diga ese documento, teniendo en cuenta la existencia o no de las legítimas. Y si no lo hay, la ley marca un orden para decidir quién hereda. En ambos casos, que un hermano herede a otro no es lo habitual… pero puede suceder, y sucede más de lo que se piensa.
Herencia de hermano a hermano CON testamento
Cualquier persona sin hijos, sin padres y sin cónyuge tiene libertad para repartir sus bienes como quiera. Eso incluye a sus hermanos. Puede dejarte todo o parte. Puede hacerlo por afecto, por cercanía, o porque simplemente así lo quiere.
Ahora bien, si tiene herederos forzosos —por ejemplo, hijos— solo puede dejarte una parte: la llamada “libre disposición”. El resto está protegido por ley y no puede tocarse.
Por eso es tan importante el testamento. Porque, si tu hermano quería que tú heredases y no lo dejó por escrito, sus bienes acabarán en manos de quienes dicta el Código Civil.
Herencia de hermano a hermano SIN testamento
Aquí es cuando la figura del hermano cobra fuerza. Si tu hermano no dejó testamento y no tenía hijos, ni padres vivos, ni estaba casado, sí, puedes heredar. Tú y el resto de hermanos, si los hay. Todos a partes iguales.
Y si uno de tus hermanos falleció antes, lo que le habría tocado lo reciben sus hijos. Es decir, los sobrinos del causante.
Esto no es algo que se decida de forma automática. Hay que tramitarlo ante notario, presentar una serie de documentación y acreditar el parentesco. Pero la ley es clara: cuando no hay nadie más cercano, los hermanos heredan.
Sobre los impuestos en las herencias de un hermano a otro
Aquí viene una de las partes menos agradables.
En España, heredar de un hermano sale caro. No es como heredar de un padre o de un hijo. La ley te coloca en el Grupo III del Impuesto de Sucesiones, lo que significa: menos beneficios fiscales y más coste.
¿Cuánto se paga? Depende de la comunidad autónoma. En Madrid, hay cierta bonificación. En otras regiones, como Cataluña o Extremadura, la factura puede ser elevada.
¿Y si renuncias? Puedes hacerlo. A veces compensa, sobre todo si hay deudas asociadas o si los costes fiscales son muy altos. Pero es una decisión que conviene tomar con asesoramiento profesional.
¿Qué trámites hay que hacer para heredar de un hermano?
Depende de si hay testamento o no. Pero, en general, esto es lo que te pedirán:
- Certificado de defunción.
- Certificado de últimas voluntades.
- Testamento, si existe.
- Declaración de herederos, si no hay testamento.
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones.
- Escritura de aceptación y reparto de la herencia.
Parece mucho, y lo es. Pero con un abogado especializado, el proceso se agiliza y se evitan errores.
Asuntos que generan más dudas
¿Qué pasa si el fallecido tenía pareja de hecho?
En algunas comunidades, la pareja está equiparada al cónyuge. En otras, no. Eso puede alterar el orden de herederos.
¿Y si solo hay medio hermanos?
Si compartís un solo progenitor, también tenéis derecho a heredar. Aunque los de doble vínculo (padre y madre en común) heredan más que los de vínculo sencillo.
¿Puedo renunciar en favor de otro hermano?
Sí. Puedes hacerlo en un documento público ante notario. Pero la ley exige que lo hagas de forma clara, sin condiciones, y con conocimiento de causa.
¿Se puede desheredar a un hermano?
No hace falta. Porque los hermanos no son herederos forzosos. Si no te mencionan en el testamento, no heredas. Y punto.
Eso no significa que no puedas impugnar un testamento si crees que hubo manipulación o que no refleja la verdadera voluntad del fallecido. Pero eso es otro tema, y conviene abordarlo con pruebas y asesoría legal.
En resumen
Heredar de un hermano no es algo automático ni garantizado. Puede ocurrir si te nombra expresamente en su testamento. O si, al morir, no deja cónyuge, hijos ni padres. En ambos casos, hay trámites, hay impuestos, y hay detalles que conviene revisar con lupa.
En Chapapría-Navarro & Asociados llevamos más de 50 años ayudando a familias en procesos de herencia. Sabemos que no es un trámite cualquiera. Detrás hay emociones, dudas, y decisiones difíciles. Por eso nuestro trabajo no es solo legal, sino también humano.
Si necesitas ayuda, estamos aquí para eso. Con claridad, rigor y cercanía.