El Real Decreto de 27 de enero de 2026, cuya publicación en el BOE está prevista en las próximas semanas, puede abrir una vía extraordinaria de regularización para miles de personas migrantes en España.
Lejos de ser un trámite automático, esta medida representa una oportunidad limitada en el tiempo que exige preparación, criterio jurídico y una correcta interpretación de los requisitos. Quien se adelante, tendrá ventaja.
Regularización extraordinaria: del 1 de abril al 30 de junio de 2026
El texto anunciado prevé un periodo excepcional de regularización que se extendería desde abril hasta finales de junio de 2026. Un margen corto que obliga a actuar con antelación y evitar errores que pueden costar meses —o incluso cerrar la puerta a la autorización—.
¿A quién podría beneficiar esta medida?
Aunque el contenido definitivo dependerá del texto final del Real Decreto y de su desarrollo reglamentario, todo apunta a que podría beneficiar a:
- Personas que se encontraban en España antes del 31 de diciembre de 2025.
- Que puedan acreditar una permanencia mínima de al menos cinco meses en territorio español.
- Que carezcan de antecedentes penales graves o relevantes, conforme a la definición que establezca la norma.
Personas solicitantes de protección internacional (asilo)
En el caso de solicitantes de asilo, la medida introduce un elemento clave:
- Será suficiente haber presentado la solicitud de protección internacional antes del 31 de diciembre de 2025.
- No se exigirá la permanencia mínima de cinco meses, ya que el criterio determinante será la fecha de solicitud.
Si finalmente se confirma esta inclusión, podría abrirse una vía directa hacia una autorización de residencia, algo especialmente relevante para quienes se encuentran en una situación administrativa bloqueada.
¿Qué beneficios prácticos se han anunciado?
Los efectos previstos de la medida son especialmente relevantes:
- La autorización tendría una vigencia inicial de un año.
- La admisión a trámite se resolvería en un plazo máximo de 15 días.
- Desde esa admisión, se habilitaría la posibilidad de trabajar legalmente.
- La Administración se compromete a resolver el procedimiento en un plazo máximo de tres meses.
En la práctica, esto supone pasar de la irregularidad a la posibilidad de empleo legal en cuestión de semanas, siempre que el expediente esté bien planteado.
Si es persona migrante: cómo prepararse desde ahora (y evitar errores)
Aunque todavía estamos a la espera de la aprobación definitiva y del reglamento, prepararse con antelación es clave. Algunos ejemplos de documentación que ya se están citando como válida incluyen:
- Certificado de empadronamiento.
- Informes o justificantes de citas médicas.
- Certificados de asistencia a recursos sociales.
- Contrato de alquiler o acreditación de domicilio.
- Justificantes de envíos de dinero.
- Billetes o títulos de transporte.
- Pasaporte en vigor, si es posible, u otra documentación identificativa.
- Copias legibles y coherentes (especial atención a nombres, apellidos y fechas).
Un error frecuente es reunir documentos sin estrategia o con incoherencias. En procesos extraordinarios, cada detalle cuenta.
A la espera del BOE y del reglamento
Actualmente estamos pendientes de tres hitos clave:
- La aprobación definitiva del Real Decreto.
- Su publicación en el BOE.
- La publicación de las instrucciones de implementación (reglamento).
Será en ese momento cuando se definan con precisión los requisitos, los criterios de valoración y los márgenes de actuación.
Cómo puede ayudarle Chapapría & Navarro y Asociados
En Chapapría & Navarro y Asociados trabajamos con una idea clara: ofrecer orientación jurídica veraz, realista y segura, sin alimentar expectativas irreales y poniendo siempre el foco en la estabilidad de la persona o de la organización.
Cuando la medida esté aprobada y publicada en el BOE, podremos:
- Analizar su caso concreto, tanto si es persona migrante como si actúa como empresa o entidad empleadora.
- Ayudarle a interpretar correctamente los requisitos, preparar la documentación y evitar errores que pueden bloquear el procedimiento.
- Acompañarle para que la regularización, si le resulta aplicable, se traduzca en estabilidad, empleo digno e inclusión real.
Anticiparse es clave. Una regularización extraordinaria no se improvisa: se prepara con criterio jurídico y acompañamiento profesional.
Si lo desea, podemos empezar a estudiar su situación desde ahora.

