Chapapría-Navarro & Asociados destaca que la futura Directiva europea anticorrupción avala la tesis jurídica defendida por el bufete sobre la malversación

Contenidos del articulo

Valencia, 1 de abril del 2026

Chapapría-Navarro & Asociados, bufete que ejerce la representación letrada de Societat Civil Catalana en el procedimiento de reintegro por alcance afectado por las cuestiones prejudiciales planteadas ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con la Ley de Amnistía, considera especialmente relevante la posición aprobada por el Parlamento Europeo el pasado 26 de marzo de 2026 en el marco de la futura Directiva europea de lucha contra la corrupción.

El texto aprobado por el Parlamento Europeo, tras el acuerdo provisional alcanzado con el Consejo en diciembre de 2025, incorpora expresamente la malversación dentro del catálogo de delitos de corrupción que los Estados miembros deberán perseguir y sancionar. A juicio de Chapapría-Navarro & Asociados, este avance normativo confirma de manera especialmente significativa la línea en la que evoluciona el Derecho de la Unión Europea en materia de protección de los recursos públicos y exigencia de responsabilidad por su utilización desviada.

La relevancia de este paso es evidente. El texto aprobado define la malversación como el compromiso, desembolso, apropiación o utilización por un funcionario público de bienes cuya gestión le haya sido encomendada, cuando esa actuación se realice al margen de los fines para los que esos bienes estaban previstos, ya sea en beneficio propio o de un tercero, o en perjuicio de los intereses financieros de la entidad pública o privada afectada. Esta formulación resulta particularmente reveladora porque no restringe la malversación a los supuestos de enriquecimiento personal estricto, sino que extiende su gravedad al daño causado al patrimonio público o a los intereses financieros comprometidos.

Además, la futura Directiva no se limita a una proclamación programática. En su artículo 12.2.b exige que la malversación prevista en el artículo 5.1 sea castigada con una pena máxima de prisión de al menos cuatro años, sin perjuicio de otras consecuencias accesorias, como la inhabilitación, la destitución, la exclusión de financiación pública o el decomiso. En consecuencia, las instituciones europeas avanzan hacia la consolidación de un marco común en el que la malversación se configura inequívocamente como una forma grave de corrupción pública que debe recibir una respuesta penal real, proporcionada y disuasoria.

Para Chapapría-Navarro & Asociados, esta orientación del legislador europeo posee una indudable trascendencia jurídica. Refuerza la idea de que la malversación no puede ser degradada a una irregularidad menor ni neutralizada mediante construcciones políticas o reinterpretaciones interesadas que pretendan vaciar de contenido su gravedad material. Por el contrario, el criterio que emerge con claridad desde las instituciones de la Unión es que la utilización desviada de fondos públicos afecta de lleno a principios estructurales del orden jurídico europeo, entre ellos la protección del patrimonio público, la integridad institucional y el Estado de Derecho.

En este contexto, el bufete subraya que esta evolución normativa resulta plenamente coherente con la posición jurídica que viene sosteniéndose en las instancias nacionales y europeas en los asuntos en los que interviene, entre ellos los que afectan a su representada Societat Civil Catalana. La calificación de la malversación como delito de corrupción grave y su tratamiento como conducta merecedora de sanciones eficaces y severas refuerzan, sin duda, la tesis de que no cabe trivializar ni desactivar jurídicamente este tipo de comportamientos cuando está en juego la protección de recursos públicos.

Conviene precisar, no obstante, que la Directiva todavía no ha culminado su tramitación. El Parlamento Europeo ha aprobado su posición en primera lectura, pero el expediente sigue pendiente de finalización formal y de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será entonces cuando entre en vigor y comience el plazo de transposición para los Estados miembros. Sin embargo, incluso en esta fase, el mensaje institucional es claro: la Unión Europea se orienta hacia un reforzamiento de la persecución de la malversación, no hacia su debilitamiento.

Chapapría-Navarro & Asociados continuará defendiendo en todas las instancias, nacionales y europeas, una interpretación plenamente respetuosa con los principios del Derecho de la Unión, conforme a la cual la protección de los fondos públicos y la exigencia de responsabilidad por su uso desviado forman parte del núcleo esencial del Estado de Derecho y no pueden quedar vaciadas de contenido.

Compartir noticia:
Últimas noticias