Datos Biométricos Protección de Datos

¿Tratamiento inadecuado de datos biométricos? La problemática de la protección de datos en la era digital

Hoy en Chapapría-Navarro & Asociados queremos hacernos eco de unas preocupantes noticias que han saltado recientemente a los medios de comunicación y que están relacionadas con la protección de datos.

Y es que, en un intento por revolucionar el acceso a la economía digital, Tools for Humanity, la empresa detrás de Worldcoin, lanzó una iniciativa ambiciosa más de un año atrás. Su propuesta era, cuanto menos, futurista: escanear el iris de las personas en centros comerciales y otros espacios públicos a cambio de criptomonedas. La idea, en su superficie, prometía una inclusión financiera ampliada a través de una tecnología de vanguardia. Sin embargo, lo que inicialmente parecía una puerta a la innovación pronto se encontró con preocupaciones significativas sobre la privacidad y la protección de datos.

No pasó mucho tiempo antes de que la iniciativa de Worldcoin generara una ola de escepticismo y preocupación. Usuarios y observadores comenzaron a cuestionar las implicaciones de privacidad de recopilar datos biométricos sensibles, como el iris, para una recompensa económica. Esta preocupación dio lugar a numerosas reclamaciones presentadas ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), la autoridad encargada de velar por la privacidad y la protección de datos en España. Las quejas giraban en torno a la insuficiente información proporcionada a los usuarios, la captación de datos de menores y la dificultad para retirar el consentimiento una vez otorgado.

Ante esta preocupante situación, la AEPD decidió actuar y emitió una orden que suspendía cautelarmente las actividades de recopilación y tratamiento de datos personales llevadas a cabo por Worldcoin en España. Esta medida buscaba frenar la recopilación de datos biométricos hasta que se pudieran clarificar y resolver las preocupaciones de privacidad planteadas.

Por su parte Tools for Humanity, presentó un recurso ante la Audiencia Nacional, solicitando una medida cautelarísima que le permitiera continuar sus actividades mientras se resolvía el fondo del asunto. La empresa argumentó que la resolución de la AEPD le causaría daños y perjuicios irreparables y cuestionó la competencia de la AEPD, sugiriendo que debería ser la autoridad de protección de datos de Baviera, Alemania, donde tienen su domicilio, la encargada de supervisar su cumplimiento normativo.

Sin embargo, la Audiencia Nacional, ha respaldado la actuación de la AEPD. La Sala de lo Contencioso-administrativo ha concluido que los intereses de protección de datos personales de los ciudadanos deben prevalecer sobre los intereses económicos de la empresa. El tribunal reconoció que, aunque Tools for Humanity pudiera sufrir daños económicos, estos no se consideran irreparables y podrían ser compensados.

Este caso subraya la importancia de equilibrar la innovación tecnológica con los derechos fundamentales a la privacidad y la protección de datos. Entendemos que la resolución de la Audiencia Nacional no solo confirma la acción cautelar de la AEPD sino que también envía un mensaje claro sobre la seriedad con la que España, y por extensión la Unión Europea, toma la protección de los datos personales en la era digital.

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