Cuando se produce un divorcio, muchas personas se centran en los acuerdos personales, la custodia de los hijos o el reparto de bienes. Sin embargo, hay un paso que no debe olvidarse: actualizar la situación con Hacienda. No comunicar este cambio puede traer consecuencias fiscales importantes.
¿Por qué hay que comunicar a Hacienda de un divorcio?
Porque Hacienda calcula tus impuestos según tu situación familiar a 31 de diciembre de cada año. Si estás divorciado pero no lo has comunicado, podrías presentar una declaración incorrecta, y eso puede acabar en sanciones o en tener que pagar de más.
Además, tu estado civil afecta a aspectos como:
- El tipo de declaración que puedes hacer (conjunta o individual).
- Las deducciones por hijos.
- El tratamiento fiscal de las pensiones y la vivienda familiar.
¿Cómo se comunica el divorcio a Hacienda?
Aunque no existe un trámite específico llamado “comunicar divorcio”, sí hay formas de dejar constancia del cambio.
1. Presentar el modelo 030
Es el formulario que se utiliza para informar a Hacienda de cambios en tus datos personales, como el estado civil. Puedes hacerlo:
- Online, si tienes certificado digital o Cl@ve PIN.
- Presencialmente, en una oficina de Hacienda (con cita previa).
Deberás aportar copia de la sentencia de divorcio o cualquier otro documento que acredite el cambio.
2. Revisar tu borrador de la renta
Cuando hagas la declaración del IRPF, asegúrate de que tu estado civil y tu unidad familiar están actualizados. Si no, modifica los datos antes de confirmar el borrador.
3. Informar a tu empresa (opcional, pero recomendable)
Las empresas calculan el IRPF de tu nómina según tu situación familiar. Si ha cambiado, puedes comunicarlo para que ajusten las retenciones y no te salga una sorpresa al hacer la renta.
¿Cómo cambia tu fiscalidad tras el divorcio?
El divorcio afecta a tu forma de declarar. Lo más importante es saber cómo queda tu “unidad familiar”.
Ya no puedes declarar con tu ex
Tras el divorcio, cada uno declara por su cuenta. Solo uno de los dos podrá, en su caso, hacer la declaración conjunta con los hijos si conviven con él.
¿Y si tenemos hijos?
Dependerá del tipo de custodia:
- Custodia exclusiva: el progenitor con quien vivan los hijos podrá incluirlos en su unidad familiar y aplicar el “mínimo por descendientes”.
- Custodia compartida: ambos padres pueden aplicar el mínimo por hijos, pero al 50 %. Solo uno podrá hacer declaración conjunta con los hijos cada año.
¿Qué pasa con la pensión de alimentos?
- Si pagas pensión por tus hijos (establecida en sentencia), puedes deducirla en tu renta.
- Si la recibes, no tienes que declararla como ingreso.
¿Y la pensión compensatoria?
- El que paga, puede restarla de su base imponible (reduce los impuestos).
- El que recibe, debe declararla como rendimiento del trabajo.
¿Qué ocurre con la vivienda?
- Si la vivienda era compartida y uno se queda con ella, puede haber consecuencias fiscales si no se gestiona bien.
- En caso de venta, hay que tributar por la ganancia, salvo que se reinvierta en otra vivienda habitual.
- Si se sigue pagando hipoteca, quien la abona puede seguir deduciéndola si cumple los requisitos (por ejemplo, si la vivienda se compró antes de 2013).
Consejos para evitar errores con Hacienda
- Asegúrate de que la custodia, pensiones y uso de vivienda estén bien reflejados en el convenio regulador.
- No declares a los hijos al 100 % si la custodia es compartida. Hacienda lo puede detectar y aplicar una liquidación paralela.
- Conserva siempre la documentación: sentencia, convenio, justificantes de pagos, etc.
- Si tienes dudas, consulta con un asesor fiscal. A veces, un pequeño error puede salir caro.
¿Tienes dudas sobre cómo comunicar tu divorcio a Hacienda?
En un momento tan delicado, no estás solo. Nuestro equipo puede ayudarte a resolver cualquier aspecto fiscal derivado del divorcio. Desde la declaración de la renta hasta la gestión de pensiones o bienes comunes, te acompañamos con rigor, cercanía y total confidencialidad.
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Fuentes y bibliografía
- Agencia Tributaria – Modelo 030: Censo de obligados tributarios
- Agencia Tributaria – Declaración de la Renta
- Real Decreto Legislativo 3/2004 – Texto refundido de la Ley del IRPF
- Manual práctico Renta 2024 – Agencia Tributaria (descargable desde su sede electrónica)

