Responsabilidad por el diagnóstico erróneo de un tumor

La sentencia nº128/2023 de fecha 28 de marzo de 2023 dictada por la Audiencia Provincial de Madrid aborda el caso de un desafortunado diagnóstico erróneo derivado de la interpretación equivocada de dos muestras médicas que fueron realizadas en el año 2017. La paciente fue diagnosticada erróneamente con un tumor maligno cuando en realidad se trataba de una formación benigna. 

De esta manera se aborda la responsabilidad de los sanitarios que estuvieron a cargo de los referidos análisis y del laboratorio de análisis clínicos.

La responsabilidad de los sanitarios ante el diagnóstico erróneo

La defensa de los sanitarios y el laboratorio se centró básicamente en cuestiones temporales, es decir, en la relevancia legal de los plazos para poder exigir una compensación por daños y perjuicios. Así, fue la prescripción de la responsabilidad de estos sanitarios lo que centró el debate judicial. De acuerdo con la defensa, al haber transcurrido más de dos años desde el hecho causante, había prescrito cualquier posibilidad de reclamar por el error de diagnóstico. 

No obstante ello, la Audiencia consideró que el referido plazo había de comenzar a contarse desde la estabilización de las lesiones del demandante. 

Con dicha interpretación, unido al hecho de que los sanitarios y el laboratorio reconocieron el diagnóstico erróneo cometido, la Audiencia resolvió indicando que, pese a los desafíos médicos existentes a la hora de diferenciar ciertos tumores, la gravedad del caso evidenciaba una actuación carente de diligencia y rigor. 

Según el tribunal, los demandados no obraron con la diligencia debida y, por ello, fueron condenados a reparar económicamente los daños causados al demandante.

En Chapapría-Navarro & Asociados somo expertos en derecho sanitario, por lo que no dudes en ponerte en contacto con nosotros si has sufrido algún tipo de negligencia médica.

Artículo escrito por Mario de Diego

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