Patinetes eléctricos: conducción segura y legal

Los patinetes eléctricos, hoy en día, son una opción de movilidad personal que ha adquirido una extraordinaria popularidad. Por ello, hoy queremos que tengas en cuenta este breve resumen de la normativa actual a fin de que puedas conducir de forma segura y respetando la normativa vigente: 

I. Documentación y certificación: 

De momento, no es necesaria licencia de conducir ni registro alguno para conducir un patinete. No obstante ello, próximamente, será regulará una certificación que sirva para garantizar el cumplimiento de los requisitos técnicos legales. 

II. Seguro obligatorio: 

Actualmente, no existe una obligación a nivel nacional que imponga la contratación de un seguro. A pesar de ello, es necesario que tengas en cuenta las ordenanzas de tu municipio, pues hay Ayuntamientos que sí están imponiendo esta obligación. En cualquier caso, consideramos muy recomendable la contratación de un seguro de responsabilidad civil. 

III. Velocidad máxima del patinete eléctrico: 

25 km/h es la velocidad máxima permitida y, modificar el patinete para superar dicha velocidad, puede provocar la imposición de sanciones y que el patinete sea confiscado.  

IV. Edad para la conducción: 

Si las ordenanzas municipales no han regulado nada al respecto, la edad mínima serán los 16 años. Los ayuntamientos pueden regular este aspecto en su normativa municipal, así, hay poblaciones donde es posible circular a los a los 14 o a los 15 años. En todo caso, los menores de 16 años solo deberían circular en espacios acotados, cerrados al tráfico y supervisados por algún adulto.  

V. Uso del casco: 

Es completamente obligatorio utilizar casco de protección, y el mismo ha de cumplir con los requisitos de seguridad que la normativa actual exige. 

VI. Estacionamiento, accesos permitidos y lugares por los cuales circular: 

Lo más recomendable para su estacionamiento en la vía pública es, utilizar los estacionamientos habilitados para bicicletas o motos. Hay que tener en cuenta las ordenanzas municipales de cada municipio pues, pueden regular este aspecto. Si el patinete se estaciona en un lugar no habilitado, puede ser retirado y llevado al depósito municipal. 

Por regla general, se permite acceder con estos patinetes al transporte público, pero es fundamental informarse antes de la regulación municipal para evitar inconvenientes. 

Está completamente prohibido circular por zonas peatonales, aceras, autovías, autopistas, vías interurbanas o túneles urbanos. Como en casos anteriores, es importante tener en cuenta las peculiaridades de la regulación municipal. 

VII. Conductas sancionables: 

Está totalmente prohibido utilizar, mientras se conduce un patinete, auriculares, móviles o dispositivos similares. Igualmente, es sancionable conducir sin casco, conducir por lugares no permitidos, o incumpliendo cualquiera de las otras obligaciones preceptivas para la conducción legal del patinete. 

Al igual que los conductores de cualquier otro vehículo, los conductores de patinetes eléctricos están sujetos a los preceptivos controles de alcohol y drogas para garantizar la seguridad vial. 

Dependiendo de la gravedad de la infracción, pueden ser impuestas sanciones que van de los 200 a los 1.000 euros. 

Las sanciones no generarán la pérdida de puntos, toda vez que para la conducción de un patinete eléctrico no se exige licencia o permiso de conducción. 

De todo lo anteriormente expuesto, podemos concluir que, es necesario el cumplimiento de la normativa que regula la conducción del patinete eléctrico, sin olvidar la necesaria consulta de las ordenanzas municipales del ayuntamiento, para tener en cuenta las particularidades por este establecidas, en su caso.  

Si quieres saber más sobre la normativa relacionada con los patinetes eléctricos, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. 

Artículo escrito por Mario de Diego

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