¿Debo declarar más de 10.000 euros al entrar en España?

¿Debo declarar más de 10.000 euros al entrar en España? Requisitos, procedimiento y sanciones

Si llegas a España desde un país fuera de la Unión Europea (UE) y llevas consigo efectivo o valores cuyo valor sea superior a 10.000 euros, es obligatorio que los declares. Esta medida está destinada a prevenir el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo.

¿Cuándo debes hacer la declaración?

Si traes contigo más de 10.000 euros, ya sea en efectivo, cheques, acciones u otros valores, deberás realizar la declaración en el punto de entrada, específicamente en la aduana.

¿Qué se considera efectivo?

Se entiende como efectivo los billetes y monedas, independientemente de la divisa, que transportes contigo.

¿Qué otros valores deben ser declarados?

Además de billetes y monedas, también se deben declarar:

  • Cheques de viajero.
  • Cheques al portador.
  • Acciones y otros títulos valores.

¿Quién está obligado a declarar?

Cualquier persona mayor de 18 años que ingrese a España desde un país no perteneciente a la UE y lleve consigo una cantidad superior a 10.000 euros en efectivo o valores.

¿Dónde presentar la declaración?

La declaración debe realizarse en la aduana en el momento de entrada al país, y puede hacerse completando un formulario específico que se puede obtener directamente en la aduana o descargar desde el sitio web de la Agencia Tributaria Española.

¿Qué debe incluir el formulario?

  1. Datos personales: nombre, apellidos y número de pasaporte.
  2. El monto total de dinero y valores que llevas.
  3. La moneda de los fondos y valores transportados.
  4. El país de origen de los fondos y valores.
  5. El propósito de tu viaje a España.

Consecuencias por no declarar:

  1. Multas que pueden oscilar entre 600 y 600.000 euros, dependiendo de la cantidad y las circunstancias.
  2. Confiscación de los fondos y valores no declarados.

Excepciones en las que no es necesario declarar el dinero:

  • Si el dinero proviene de un país miembro de la UE.
  • Si la cantidad de dinero es inferior a 10.000 euros.
  • Si el dinero está destinado al pago de bienes o servicios dentro de España.

Este proceso busca garantizar que el flujo de dinero hacia y desde España cumpla con las normativas internacionales de seguridad financiera.

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