El despacho Chapapría Navarro & Asociados, encargado de la dirección letrada de Societat Civil Catalana en el procedimiento seguido ante el Tribunal de Cuentas por los gastos relacionados con el referéndum del 1 de octubre de 2017 y la acción exterior del Govern, considera especialmente significativa la intervención de la Generalitat de Catalunya en esta fase final del procedimiento.
La intervención de la Generalitat
Después de años de tramitación y en un momento en el que debe resolverse definitivamente sobre la aplicación de la Ley de Amnistía, la Generalitat ha intervenido para oponerse al recurso formulado por la representación de Societat Civil Catalana, dirigido a que se practiquen determinadas diligencias destinadas a esclarecer el origen de los fondos públicos correspondientes a las partidas objeto del procedimiento.
La secuencia temporal
Desde Chapapría Navarro & Asociados se considera que la secuencia temporal merece atención.
Hace apenas unos días, el abogado de Carles Puigdemont, Gonzalo Boye, acusaba a Societat Civil Catalana de actuar con «fines obstructivos» y sostenía que su actuación estaba demorando la aplicación de la amnistía ante el Tribunal de Cuentas. Asimismo, cuestionaba que las actuaciones de SCC respondieran a los fines estatutarios de la asociación.
Ahora, precisamente cuando el Tribunal de Cuentas debe pronunciarse sobre el recurso presentado bajo la dirección letrada de Chapapría Navarro & Asociados, la Generalitat interviene para oponerse a dicha iniciativa procesal.
Para el despacho resulta legítimo poner de relieve esta coincidencia temporal y preguntarse por las razones que explican que la Administración cuyo patrimonio constituye precisamente el objeto de la eventual responsabilidad contable centre en este momento su intervención en combatir las diligencias solicitadas para esclarecer el origen de los fondos.
La posición jurídica sobre el origen de los fondos
La posición jurídica defendida por Chapapría Navarro & Asociados ha sido clara desde el principio: no se sostiene que esté acreditado que las cantidades objeto del procedimiento procedan de fondos europeos. Lo que se ha solicitado es algo mucho más concreto: que, antes de extinguir definitivamente una eventual responsabilidad contable mediante la aplicación de la Ley de Amnistía, se compruebe documentalmente el origen de los fondos afectados.
No se afirma, por tanto, la existencia de financiación europea. Se reclama que esa cuestión sea esclarecida mediante la documentación contable y presupuestaria correspondiente y con pleno respeto a los principios de contradicción y defensa.
Esta petición responde, además, a la evolución jurídica del propio procedimiento tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y a la necesidad de determinar, con la documentación necesaria, si concurre o no alguno de los supuestos relevantes para decidir sobre la aplicación de la Ley de Amnistía.
Las diligencias solicitadas y la acusación de «bloqueo»
Desde Chapapría Navarro & Asociados se rechaza, por ello, que el ejercicio de los recursos previstos legalmente y la solicitud de diligencias de comprobación puedan identificarse con una maniobra de «bloqueo». Solicitar que se esclarezcan los hechos relevantes antes de adoptar una decisión definitiva constituye el ejercicio de las facultades procesales reconocidas a cualquier parte personada.
La circunstancia adquiere especial interés cuando quien se opone ahora a dichas diligencias es precisamente la Generalitat de Catalunya.
La dirección letrada ante el Tribunal de Cuentas
El despacho continuará ejerciendo la dirección letrada encomendada por Societat Civil Catalana y defendiendo ante el Tribunal de Cuentas que una decisión de esta trascendencia debe adoptarse sobre hechos suficientemente esclarecidos, con todas las garantías procesales y después de que las partes hayan podido ejercer plenamente sus derechos.
Desde Chapapría Navarro & Asociados se considera que la sucesión de acontecimientos merece, como mínimo, ser puesta de manifiesto: primero se atribuye a la estrategia procesal dirigida por el despacho una finalidad de «bloqueo» de la amnistía y, pocos días después, la Generalitat interviene en esta fase decisiva para oponerse precisamente al recurso promovido bajo esa dirección letrada.
Los hechos y su cronología están ahí.

