Copropiedad

¿Qué derechos tienes si eres copropietario de una vivienda y no puedes utilizarla?

Previamente a entrar en el fondo de la cuestión planteada es importante aclarar que se entiende por copropiedad. Existe copropiedad de un bien o un derecho patrimonial pertenecen, pro indiviso, a dos o más personas. Los copropietarios no tienen dominio sobre partes determinadas del bien, sino un derecho de propiedad sobre todas y cada una de las partes de la cosa en cierta proporción, es decir, sobre parte alícuota.

Si uno de los copropietarios del inmueble reside en la vivienda de que la eres cotitular y no quiere abandonar la misma ni te permite disfrutar de la misma, este artículo te interesa.

El artículo 394 de nuestro Código Civil establece que ’’cada partícipe podrá servirse de las cosas comunes, siempre que disponga de ellas conforme a su destino y de manera que no perjudique el interés de la comunidad, ni impida a los copartícipes utilizarlas según su derecho’’.

De acuerdo con lo previsto en dicho precepto cada copropietario tiene derecho a usar el inmueble, y en caso de que no se lo permitan, entre otras medidas, puede solicitar al cotitular que ocupa la misma una indemnización por su uso en exclusiva.

Para ello es recomendable que antes de iniciar un procedimiento judicial se intente solucionar de forma extrajudicial el asunto, comunicándole al copropietario de forma fehaciente la disconformidad existente respecto a su uso en exclusiva, solicitándole el desalojo del inmueble y la devolución de las llaves, y en caso de que no quiera abandonar el mismo deberá abonar una renta mensual por su uso y disfrute, de la cual se descontará la parte proporcional a su cuota de dominio.

Una vez que se ha comunicado dicha circunstancia al copropietario residente en el inmueble, si hace caso omiso del requerimiento y continúa viviendo en el mismo sin abonar la renta interesada, se estaría causando un daño y perjuicio al resto de propietarios, motivo por el que se podría iniciar un procedimiento judicial por reclamación de daños y perjuicios o por enriquecimiento injusto.

Para que el ejercicio de las acciones judiciales sea viable habría que demostrar en primer lugar, que la totalidad de los copropietarios no están de acuerdo con el hecho de que uno de ellos use de forma exclusiva el inmueble y, en segundo lugar, justificar el importe de la renta que se solicita como indemnización, siendo conveniente para ello aportar un informe emitido por un perito inmobiliario o una agencia inmobiliaria que efectúe un estudio de mercado de los alquileres existentes en la zona donde se ubica la vivienda con características similares.

En definitiva, si te encuentras en esta situación, ponte en contacto con nosotros para que te podamos ofrecer el asesoramiento necesario para que puedas poner fin a la misma, analizando de forma pormenorizada su caso para ver que medidas se pueden instar puesto que además de la analizada en este artículo también existen otras posibilidades que se podrían realizar en estos supuestos.

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