Incrementan los delitos en el ciberespacio

Hoy nos hacemos eco de unas recientes declaraciones del Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, quien ha expuesto que “uno de cada seis delitos que se cometen en España tiene lugar en el ciberespacio”

Ello implica que, en menos de cuatro años, España ha pasado del 6% a casi el 16% en cuanto a la relevancia de los delitos en el ámbito virtual

Dicho esto, ¿cuáles son los principales ciberdelitos?  

  • Ataques a servidores y a la navegación: introducción de virus, gusanos y troyanos, etc. 
  • Phishing: ciberdelincuencia que trata de imitar a empresas, administraciones públicas, amigos y conocidos a fin de que les facilitemos nuestros datos personales y nuestra identidad pueda ser suplantada.  
  • Grooming: conductas consistentes en el chantaje a menores de edad a fin de obtener material pornográfico. 
  • Sextorsión: consiste en solicitar dinero a cambio de no difundir contenido sexual obtenido a través de un intercambio de imágenes o videos, habitualmente consentido.  
  • Ciberbullying: atentados contra la integridad moral y el honor a través del acoso en redes sociales, WhatsApp, Telegram… 
  • Delitos de odio: mensajes incitadores al odio, la violencia, la xenofobia, etc. 

Pues bien, la consecuencia lógica del auge de esta ciberdelincuencia es la evolución, tanto de la actuación y preparación de nuestras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, como de la labor interpretativa que han de realizar los jueces de las normas penales ya existentes. A este respecto, queremos dar a conocer sentencia 547/2022 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 2 de junio de 2022

Esta sentencia tiene gran relevancia porque realiza una interpretación acorde a los tiempos actuales del artículo 48-1 del código penal, que establece consecuencias de la comisión de un delito, tales como la privación del derecho a acudir al lugar donde el mismo fue cometido. 

Pues bien, en la referida sentencia, el Tribunal Supremo interpretó ese “lugar”, no solo como un espacio físico, geográfico y perceptible por los sentidos, sino que, también puede ser el “espacio virtual” donde un ciberdelito ha sido cometido. Es decir, ese “lugar” podría ser la red social a través de la cual se cometió el delito. 

Ello, es una clara muestra de cómo nuestra sociedad evoluciona en la lucha contra la ciberdelincuencia, adaptando los recursos existentes a esta nueva lucha delincuencial. 

En esta línea, el Ministro del Interior ha insistido en el hecho de que, con una guerra abierta a las puertas de Europa, las violaciones de la ciberseguridad se han disparado exponencialmente, y lo que ocurre en el ciberespacio nos afecta tanto o incluso más que lo que sucede en nuestro entorno físico

En Chapapría Navarro & Asociados contamos con expertos en derecho penal que están al tanto de todas las novedades en esta materia, por lo que, si necesitas asesoramiento al respecto, no dudes en contactar con nosotros en el 966 276 171.

Artículo escrito por Mario de Diego

Maria José Bernal Acto
Maria José Bernal Acto
Responsable de comunicación

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