Día Internacional de la Danza; aproximación al derecho de autor

Hoy desde Chapapría-Navarro & Asociados celebramos contigo el #DíaInternacionaldelaDanza, una fecha especial que se celebra cada 29 de abril, desde el año 1982, en conmemoración del nacimiento del coreógrafo y bailarín francés Jean-Georges Noverre, nacido en 1727, y considerado uno de los pioneros de la danza moderna.

Como no podía ser de otro modo, en este artículo vamos a aproximarnos a la danza pero desde el punto de vista de los derechos de autor. Y es que, tanto las coreografías como la ejecución de una danza, se consideran obras protegidas por la propiedad intelectual y, en consecuencia, están amparadas por los derechos de autor en la mayoría de los países.

Teniendo en cuenta lo anterior, el coreógrafo de una danza tiene el derecho exclusivo de autorizar o incluso prohibir la ejecución pública de la misma o su reproducción, pudiendo incluso controlar las modificaciones o adaptaciones de la misma. Por supuesto, el coreógrafo podrá exigir que se reconozca su autoría y que se respete su integridad.  

Así mismo, los propios bailarines que interpretan la danza del coreógrafo pueden tener derechos sobre su interpretación, especialmente si han participado en la creación de la danza.  

Como es obvio, la danza es un valor venerado a nivel internacional y, en consecuencia, no hemos de perder de vista la normativa intencional que la protege. Sin ánimo de ser exhaustivos, podemos hacer referencia al conocido “Convenio de Berna” que, entre otras cosas, viene a establecer que las obras protegidas por derechos de autor incluyen las coreografías y las pantomimas.  

En la Unión Europea, los derechos de autor relativos a la danza son regulados en la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y, en España, la norma fundamental es la Ley de Propiedad Intelectual, que reconoce la protección de las coreografías, consistente en la representación bailada de piezas musicales. 

Como no podía ser de otra forma, la protección de los derechos de autor relativos a la danza, han sido objeto de interpretación jurisprudencial. Por su relevancia, podemos hacer referencia a los siguientes representativos casos: 

  • Sentencia del Tribunal Supremo nº 1487/2018, de fecha 24 de mayo de 2018, referente a la coreografía de la canción “La Macarena”. Resumidamente, el Tribunal tuvo que resolver una controversia entre los creadores de la coreografía de “La Macarena” y una empresa que había utilizado la misma en un anuncio de la televisión sin haber obtenido la correspondiente autorización. Nuestro más Alto tribunal concluyó que dicha empresa había utilizado la coreografía sin autorización y que en consecuencia había infringido los derechos de sus creadores, condenándola, en consecuencia, a satisfacerles una indemnización.  
  • Otro relevante fue el caso de la coreografía de la conocida obra “Carmen”, del prestigioso coreógrafo Víctor Ullate. El Sr. Ullate, tuvo que demandar a una compañía de danza por representar su coreografía sin su autorización. Una vez más, el Tribunal Supremo, en su sentencia nº384/2011 de 3 de junio de 2011falló a su favor y obligó a la referida compañía a indemnizarle, reconociendo su derecho a la protección de su obra.  
  • Otro caso de gran relevancia fue el de la bailarina Lucía Lacarra, quien demandó a una conocida marca de ropa por utilizar su imagen sin su preceptiva autorización. Como no podía ser de otra forma, el Tribunal Supremo también falló a favor de la Sra. Lacarra, reconociendo su derecho a la protección de su imagen. 

En conclusión, consideramos que es muy importante no perder de vista que, la danza es una forma de expresión artística que está muy protegida por los derechos de propiedad intelectual y derechos de autor. Así, en este Día Internacional de la Danza, consideramos fundamental no olvidar la importancia de los derechos de autor en esta materia y, sobre todo, valorar el talento y el trabajo de coreógrafos y bailarines que nos emocionan y nos inspiran con su magistral arte. 

Así que, como no podía ser de otro modo, celebremos este Día Internacional de la Danza como se debe, con la mejor música, movimiento y, ¡mucha pasión!

¡A bailar se ha dicho! 

Artículo escrito por Mario de Diego

Maria José Bernal Acto
Maria José Bernal Acto
Responsable de comunicación

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Juan Chapapría, CEO de Chapapría Navarro & Asociados, reconocido por Forbes como uno de los abogados más influyentes

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