La Sala de Admisión del Tribunal Supremo ha acordado admitir a trámite el recurso que presentó un camping de Tarragona contra una sentencia del TSJ de Cataluña que avaló la decisión del ayuntamiento de esa ciudad de denegar la instalación de casas móviles (las llamadas mobile homes) en el camping al considerar que se trataba de uso de suelo y por tanto sujeto a licencia urbanística previa.
En su sentencia el TSJ argumentaba que el hecho de que las mobile homes dispongan de ruedas no altera que existe una ocupación de terreno en un camping que comporta uso de suelo que está sujeto a licencia urbanística previa.
Frente a la sentencia del TSJ, el camping alega en su recurso que este tipo de casa móviles se incluyen en la categoría de remolques, en tanto que son vehículos habitables de recreo que no necesitarían licencia urbanística previa de los ayuntamientos.
En su auto, la Sala de Admisión explica que la cuestión presenta interés casacional porque la solución que se adopte puede afectar a un gran número de situaciones, dada la progresiva utilización de las mobile homes y la ausencia de jurisprudencia al respecto.
El Tribunal Supremo ha admitido a trámite el recurso de casación, precisando que las cuestiones sobre las que se entiende existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en:
a) Determinar la naturaleza de las denominadas “mobile homes” o casas móviles en cuanto a la exigibilidad de licencia urbanística por uso del suelo, y
b) Determinar si la licencia de actividad de camping ampara también la instalación de las casas móviles o “mobile homes”.
La sentencia que emita el Tribunal Supremo unificara criterios en todo el territorio nacional y supondrá un espaldarazo a campings y particulares que utilizan y disfrutan de las mobile homes, o una traba que generara más trámites y burocracia a la hora de obtener las preceptivas licencias municipales de ocupación.
Artículo escrito por Juan Chapapría
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